Ya puedes solicitar las nuevas subvenciones para la renovación de cubiertas con teja cerámica. Este producto tiene unas elevadas prestaciones técnicas, sobre todo, en aislamiento térmico, lo que supone un ahorro de costes en energía, además de ser respetuoso con el medio ambiente, ya que la materia prima empleada para su elaboración es la arcilla.
A continuación, detallamos los datos clave de la convocatoria, publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG), el pasado 31 de diciembre.
¿Quiénes son los posibles beneficiarios?
Los particulares o las comunidades de propietarios, siempre que la actuación subvencionable se realice en viviendas o edificios de vivienda colectiva y en sus edificaciones anexas de su titularidad, sitos en la Comunidad Autónoma de Galicia.
¿Cuáles son las actuaciones y gastos subvencionables?
La actuación subvencionable será la renovación de cubiertas existentes de viviendas o edificios de vivienda colectiva, así como en sus edificaciones anexas, por una cubierta de teja cerámica. No se admitirán las solicitudes que consistan en la realización de obras o trabajos de renovaciones parciales de la cubierta.
La renovación tiene que cumplir o mejorar las exigencias mínimas que fija el Código técnico de la edificación en el documento «DB HE-1 Limitación de la demanda energética».
>> Se considerarán costes subvencionables, aquellos gastos que se generen y que sean directamente imputables a las actuaciones de rehabilitación de fachadas y cubiertas, en concreto:
- Costes de materiales de las nuevas cubiertas de teja cerámica.
- Costes de desmontaje de las cubiertas existentes.
- Costes de montaje de las nuevas cubiertas de teja cerámica.
- Costes de los proyectos de arquitectura o ingeniería en la parte correspondiente a las actuaciones a subvencionar.
- Costes de licencias.
>> Costes no subvencionables:
- Los gastos y costes financieros, como consecuencia de la inversión.
- Los gastos realizados en bienes usados.
¿Cuál es la cantidad máxima subvencionable?
El coste subvencionable máximo será de 55 € por m2 de cubierta. La cuantía de la subvención será del 40 % de los costes totales subvencionables (IVA incluido, cuando tal impuesto sea subvencionable).
¿Cuándo finaliza el plazo de presentación de solicitudes?
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 20 de enero de 2016 al 20 de abril de 2016, ambos incluidos, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento de crédito.
¡Ponte en contacto con nosotros! Te asesoraremos:
Si reúnes los requisitos para solicitar las subvenciones y quieres cambiar la cubierta de tu casa o edificio o tienes alguna duda al respecto, ponte en contacto con nosotros y pídenos presupuesto sin compromiso.