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Plan Renove de Ventanas 2016: ¡no te quedes sin él!


En pro de la mejora en el ahorro y eficiencia energética de viviendas y edificios, la Xunta de Galicia convoca una nueva subvención para la rehabilitación de los huecos acristalados de la fachada e incidir así en un mayor ahorro económico.


A continuación, detallamos los datos más destacados de esta convocatoria, publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG), el pasado 31 de diciembre.


¿Quiénes son los posibles beneficiarios?

Las personas físicas propietarias o titulares de cualquiera derecho sobre inmuebles del sector residencial y comunidades o mancomunidades de vecinos, siempre que la actuación subvencionable se realice en viviendas sitas en Galicia.


¿Cuáles son las actuaciones y gastos subvencionables?

Será subvencionable la renovación de ventanas que formen parte de la envolvente térmica del edificio por la compra de nuevas ventanas que cumplan con las siguientes especificaciones técnicas:

• Disponer de marcado CE conforme la norma UNE EN 14351-1:2006.

• Exigencias mínimas de eficiencia energética:


a) Opción A: carpintería de madera o PVC y acristalamiento que cumpla alguno de los siguientes requisitos:

a.1. Doble acristalamiento con cámara de 12 mm o superior para vidrios normales.

a.2. Doble acristalamiento con cámara de 6 mm o superior y con cristal bajo emisivo (con emisividad menor o igual a 0,1).

b) Opción B: carpintería metálica con rotura de puente térmico de 12 mm o superior con doble acristalamiento con cámara de 6 mm o superior y con acristalamiento bajo emisivo (con emisividad menor o igual a 0,1).

En todo caso, la instalación de estas carpinterías deberán cumplir con la exigencia mínima establecida en el Código técnico de la edificación que corresponda y segundo lo dispuesto en la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el documento básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código técnico de la edificación, aprobado por Real decreto 314/2006, de 17 de marzo.

La renovación consistirá en la sustitución de una ventana existente por otra de igual o inferior tamaño.


>> Será subvencionable:

• La colocación de una nueva ventana paralela a la existente (doble ventana), siempre y cuando esta nueva ventana satisfaga los requisitos energéticos citados.

• La renovación de puertas que separen estancias calefactadas del exterior, siempre y cuando cumplan con las especificaciones técnicas de este artículo y tengan marco por todo el perímetro.

Retirada de las ventanas existentes, la fabricación de las nuevas ventanas y su instalación, siempre y cuando venga detallado en la factura.


>> No son subvencionables:

• Los cerramientos acristalados que se instalen con la finalidad de cerrar ambientes exteriores (terrazas y/o tendederos), por no tratarse de una renovación sino de modificaciones en la envolvente de la vivienda.

Huecos acristalados no situados en la fachada como, por ejemplo, las ventanas tipo velux.

• Las ventanas que se encuentren en las particiones interiores de las viviendas (ventanas interiores, ventanas de cuartos de baño interiores,etc.), es decir, aquellas que no separan estancias calefactadas del exterior.

• En ningún caso serán subvencionables los gastos relativos a actuaciones que ya habían sido objeto de subvención en las anteriores campañas del Plan Renove de ventanas. Con carácter general, y de acuerdo con el establecido en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indudable respondan a la naturaleza de la actividad subvencionable.

• Los gastos y costes financieros que sean consecuencia de la inversión.

• Los gastos realizados en bienes usados.


¿Cuál es la cantidad máxima subvencionable?

La cuantía de la ayuda ascenderá a un máximo de 100 €/m2 de hueco, con unos límites de 3.000 € por vivienda unifamiliar/piso. Para el caso de comunidades de propietarios o edificios de viviendas, la ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda unifamiliar/piso con el máximo de 50.000 € por edificio. La cantidad de la subvención no podrá ser superior al 25% del coste total de la obra.


¿Cuándo finaliza el plazo de presentación?

Las solicitudes de ayuda podrán efectuarse a partir del 1 de marzo y hasta el 30 de septiembre de 2016 o hasta que se agote el crédito.


¡Ponte en contacto con nosotros!

Si reúnes los requisitos para solicitar esta subvención y quieres renovar tus ventanas o puertas exteriores o simplemente instalar doble ventanal, ponte en contacto con nosotros y pídenos presupuesto sin compromiso. Contamos con reputados profesionales del sector.

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