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Reforma una vivienda vacía para alquilar con esta subvención

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¿Tienes una vivienda vacía que te gustaría alquilar pero necesita una reforma? La Xunta de Galicia lanza el Plan gallego de rehabilitación, alquiler y mejora del acceso a la vivienda 2015-2020, dirigido a aquellas personas propietarias o usufructuarias de una casa o un piso candidato a formar parte del Programa de viviendas vacías. El objetivo es fomentar los alquileres sociales.

Si te interesa, no pierdas detalle de la subvención:

Tipos de ayudas

Las ayudas financieras se otorgarán para las siguientes actuaciones:

  1. Obras de conservación y mantenimiento.
  2. b) Obras de rehabilitación precisas para garantizar la habitabilidad de la vivienda, así como el correcto funcionamiento de sus instalaciones o su adaptación a la normativa vigente.
  3. Ajustes en la distribución interior de la vivienda que no impliquen una alteración sustancial de su configuración.

¿Quiénes son los posibles beneficiarios?

Aquellas personas que sean propietarias o usufructuarias de las viviendas y, a su vez, promotoras de las actuaciones subvencionables. Además deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Incorporar la vivienda al Programa de viviendas vacías en el plazo máximo de tres meses, contados desde el día siguiente a la comunicación de la resolución de concesión.
  2. Mantener la vivienda en el Programa de viviendas vacías durante un período de tres años, contados desde el día de la formalización del primero contrato de alquiler.
  3. Suministrar al Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas.

¿Qué requisitos es necesario cumplir?

Para tener acceso a la subvención es preciso cumplir los siguientes requisitos:

  1. Que la vivienda esté situada en un ayuntamiento que tenga firmado el acuerdo de adhesión al convenio entre el IGVS y la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp) para el desarrollo del Programa de viviendas vacías.
  2. Que haya personas demandantes de vivienda anotadas en el correspondiente registro municipal.
  3. Que se haya emitido un informe municipal sobre la necesidad de las actuaciones para las que se solicita la subvención.
  4. Que la fecha de realización de las actuaciones sea posterior a la fecha de solicitud de incorporación de la vivienda al Programa de viviendas vacías.
  5. Atendiendo al principio de anualidad presupuestaria, la fecha de las facturas deberá coincidir con la del ejercicio presupuestario en vigor cuando se presente la solicitud de subvención.

¿Cuál es el importe máximo de la subvención?

Las actuaciones se subvencionarán por el gasto justificado, siempre y cuando el importe no supere los 4.000 euros, en el caso de una vivienda ubicada en un edificio, o de 5.500 euros, si se trata de una vivienda unifamiliar.

¿Hasta cuándo puedo solicitar esta ayuda?

El plazo de presentación ya está abierto, finaliza el 30 noviembre de 2017.

¡Ponte en contacto con nosotros!

Si cumples los requisitos para solicitar esta ayuda y quieres empezar la reforma de tu vivienda cuanto antes, llámanos y solicítanos presupuesto sin compromiso.

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