¿Sabías que el granito tiene unas características excepcionales? Durabilidad, resistencia mecánica y al desgaste o incombustibilidad son sólo algunas de ellas, lo que lo convierten en un material idóneo para el revestimiento.
Si quieres que tu fachada tenga estas características solicita las subvenciones para la rehabilitación de las fachadas de edificaciones de vivienda existentes con granito de la Consellería de Economía de la Xunta de Galicia. A continuación, detallamos los datos clave de la convocatoria, publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG), el pasado 31 de diciembre.
¿Quiénes son los posibles beneficiarios?
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los particulares o las comunidades de propietarios, siempre que la actuación subvencionable se realice en viviendas aisladas o edificios de vivienda colectiva, sitos en la Comunidad Autónoma de Galicia.
¿Cuáles son las actuaciones y los gastos subvencionables?
- La actuación subvencionable será la rehabilitación con granito de la envolvente de las fachadas existentes de viviendas o edificios de vivienda colectiva. No se admitirán las solicitudes de rehabilitaciones parciales de la fachada.
- Los tipos de fachada o envolventes térmicas subvencionables son fachadas pegadas de granito, fachadas trasventiladas de granito y fachadas de perpiaño.
- La rehabilitación de la fachada tiene que cumplir o mejorar las exigencias mínimas que fija el Código técnico de la edificación en el documento «DB HE-1 Limitación de la demanda energética».
>> Gastos subvencionables:
- Costes de memorias básicas, informes técnicos y certificados necesarios, o proyectos de arquitectura o ingeniería en la parte correspondiente a las actuaciones que se van a subvencionar.
- Costes de licencias.
- Costes de desmontaje del material de fachada o envolvente existente.
- Costes de los materiales: granito, morteros y adhesivos, anclajes y sistemas de anclaje y el material aislante.
- Costes de mano de obra civil e instalaciones auxiliares necesarias para el montaje de la nueva envolvente de granito.
>> Costes no subvencionables:
- El relevo o instalación de las carpinterías exteriores (puertas y ventanas) y vidrios.
- Los gastos y costes financieros, como consecuencia de la inversión.
- Los gastos realizados en bienes usados.
El IVA se subvencionará cuando no sea susceptible de recuperación o compensación.
¿Cuál es la cantidad máxima subvencionable?
Para las actuaciones incluidas en esta convocatoria, el coste subvencionable máximo será de:
- 110 € por m2 en el caso de fachadas pegadas de granito.
- 140 € por m2 en el caso de fachadas trasventiladas de granito.
- 130 € por m2 en el caso de fachadas de perpiaño de granito.
Con carácter general, la cuantía de la subvención será del 40% de los costes totales subvencionables (IVA incluido, cuando tal impuesto sea subvencionable) con un máximo de:
- 12.000 € por vivienda unifamiliar aislada.
- 40.000 € por edificio de viviendas en bloque.
¿Cuándo finaliza el plazo de presentación de solicitudes?
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 20 de enero de 2016 al 20 de abril de 2016, ambos incluidos, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento de crédito. Para cobrar la subvención concedida, el plazo finaliza el 14 de noviembre de 2016 (inclusive).
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Si reúnes los requisitos para solicitar las subvenciones y quieres cambiar la fachada de tu vivienda o comunidad de propietarios, ponte en contacto con nosotros y pídenos presupuesto sin compromiso.